Diferencias objetivas entre el error de tipo y el error de prohibición en las investigaciones fiscales, Tumbes 2021

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Universidad Nacional de Tumbes

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La investigación buscó establecer si existe uniformidad de criterio al diferenciar objetivamente el error de tipo y el error de prohibición en los fiscales de Tumbes, año 2021. Para ello se desarrolló una investigación básica, no experimental, de diseño transversal de tipo descriptivo. La muestra fue de 21 fiscales. Se consideró el método hipotético-deductivo. Como técnica para recolectar datos se tuvo la encuesta a través del cuestionario. La investigación halló que existe uniformidad de criterio al diferenciar objetivamente el error de tipo y no existe un criterio uniforme al diferenciar objetivamente el error de prohibición. Se pudo establecer que el 66.67 % tienen un nivel regular y el 14.29 % tienen un nivel muy alto de establecer objetivamente el error de tipo y, sobre el error de prohibición, el 52.38 % tienen un nivel regular y el 28.57 % tienen un nivel bajo de establecer objetivamente el error de prohibición. La prueba de V de Aiken arroja un valor V=0.80 para la uniformada de criterio en error de tipo y V=0.75 para la uniformada de criterio en error de prohibición. También se halló que existe uniformidad de criterio al diferenciar objetivamente el error de tipo invencible (V=0.85), el error de tipo vencible (V=0.81), el error de prohibición invencible (V=0.86) y el error de prohibición vencible (V=0.86) en los fiscales de Tumbes.

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